Por Redacción
La LXI Legislatura del Congreso del Estado, aprobó por unanimidad la iniciativa para reconocer y sancionar la violencia vicaria y establecer penas de hasta 10 años con 8 meses de prisión a los hombres que la ejerzan.
El Legislativo incluyó en diversos ordenamientos el concepto de violencia vicaria, entendida como aquella que se ejerce contra las mujeres consistente en todo acto u omisión intencional, con el objetivo de causar daño a la víctima a través del perjuicio, maltrato, descuido y/o manipulación de las hijas y los hijos.
Asimismo, se entiende como el daño o menoscabo del vínculo filial con la víctima. Es una manifestación de violencia por parte de quien mantiene o mantuvo una relación afectiva o sentimental de pareja con la víctima, que por sí o por interpósita persona, utiliza a las hijas y los hijos de la víctima como instrumento para causarle daño.
Las disposiciones se aplicaron a la Ley para el Acceso de las Mujeres a un Vida Libre de Violencia del estado de Puebla, de la Ley de Prevención y Atención y Sanción de la Violencia de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, del Código Civil y del Código Penal, para lo que se hizo uno del principio de concentración de iniciativas presentadas por separado por las diputadas Aurora Sierra Rodríguez y Mónica Silva Ruíz.